Convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones formativas de emprendimiento digital dirigidas a mujeres residentes en municipios de menos de 30.000 habitantes en la Comunidad de Castilla y León.
Serán destinatarias de estas ayudas mujeres desempleadas residentes en municipios de menos de 30.000 habitantes en la Comunidad de Castilla y León, que cumplan los requisitos de acceso a la correspondiente especialidad formativa. La consideración como mujer desempleada residente en municipio de menos de 30.000 habitantes de Castilla y León vendrá determinada por la situación en que se halle al inicio de la correspondiente acción formativa. A los efectos de las presentes bases se consideran desempleadas:
a) Las mujeres inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
b) Las mujeres en situación de ERTE.
c) Las mujeres trabajadoras fijas discontinuas, y aquellas que realizan trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, que se encuentren en período de inactividad productiva.
d) Las mujeres inscritas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León como demandantes de mejora de empleo.