Subvenciones para el período 2021-2022 dirigidas a las personas trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su
actividad económica a Castilla y León, procedentes de otras comunidades autónomas.
- Finalización Plazo: 30/06/2022
- Organismo: Consejería de Empleo e Industria
- Destinatario: 1.– Las personas trabajadoras por cuenta propia que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que, con anterioridad a 1 de enero de 2021 tengan su domicilio fiscal y hayan realizado su actividad económica en una comunidad autónoma distinta a Castilla y León. 2.– Los beneficiarios de las subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Haber estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos durante 1 año con anterioridad a la fecha de presentación de solicitud. b) Tener el domicilio fiscal fuera de Castilla y León con anterioridad a 1 de enero de 2021. c) Estar empadronado fuera de la Comunidad de Castilla y León con anterioridad a 1 de enero de 2021. d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social. e) Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, conforme el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, o la no sujeción a la misma o, en su caso, la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. 3.– No podrán tener la condición de beneficiarios de la subvención las personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- URL: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/10/29/pdf/BOCYL-D-29102021-4.pdf
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