Los autónomos deben declarar antes del 28 de febrero las facturas superiores a 3.005 euros, pero también las ayudas y subvenciones que superen esta cantidad.
Los autónomos y las empresas deben presentar el Modelo 347 este mes, antes del 28 de febrero. Además de las operaciones con clientes o proveedores, muchos no saben que también deben incluir las ayudas que hayan percibido para el negocio por cuantías superiores a los 3.005,06 euros durante 2024, según confirmaron fuentes de Hacienda a este medio, lo que incluye las subvenciones del Kit Digital, entre otras.
El Modelo 347 es una declaración a través de la que deben informar de las operaciones con terceros -otros autónomos y empresas- en las que se haya facturado una cifra superior a los 3.005,06 euros. Es decir, se declara por las entregas de bienes y servicios entre profesionales empresarios que hayan superado ese importe, debiendo declarar la operación tanto el proveedor como el cliente.
Sin embargo, lo que muchos trabajadores por cuenta propia desconocen es que a través de este modelo también deben declarar las ayudas y subvenciones que hayan percibido que superen esta cuantía, siempre que no se hayan incluido en otras declaraciones informativas.
Cabe recordar que la declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) no es una declaración informativa -es decir, un suministro periódico de información-, por lo que su declaración en este impuesto no exime de declarar las ayudas en el 347.
Los autónomos deben declarar las ayudas recibidas en el Modelo 347
Según explicaron desde la Agencia Tributaria, las ayudas que los autónomos y los negocios perciben habría que incluirlas en la declaración informativa del Modelo 347 por norma general, dado que aquí se incluyen las operaciones -superiores a 3.005,06 euros- de las que no exista otra obligación periódica de suministro de información a la Administración.
Esto se produce en el caso de algunos trabajadores por cuenta propia, como sucede con los agricultores que reciben las ayudas de la Política Agraria Común (PAC), que ya se comunican por medio de otra declaración informativa -el Modelo 346-. “Si los contribuyentes ya han mandado esta información a Hacienda, no lo tienen que comunicar otra vez”.
Como detallaron, entre estas ayudas, se encuentra el Kit Digital, que ya ha percibido más de medio millón de trabajadores por cuenta propia. De éstos, aquellos que obtuvieron la ayuda durante el ejercicio 2024, tendrán que informar de ello en el modelo 347 antes del próximo 28 de febrero, siempre que el importe de ésta fuese superior al límite establecido.
El Modelo 347 sigue generando muchos requerimientos de Hacienda a los autónomos
Los abogados fiscalistas preguntados por este diario volvieron a asegurar que un gran número de los requerimientos que reciben en sus despachos son por errores cometidos en el Modelo 347, ya que se trata de una declaración informativa de todas las bases imponibles que superen los 3.005,06 euros, para que luego Hacienda pueda cotejar con otros modelos que se han declarado las operaciones por su valor real –como en RENTA o en Sociedades-.
Sandra Hernanz, abogada especializada en Derecho Tributario, explicó a este diario ello se debe a que cualquier prestación de bienes o servicios por operaciones que supere dicha cuantía debe ser incluida en el modelo, y que el autónomo debe declararlas independientemente de que se participe de la operación como proveedor o cliente profesional, lo que, unido a la envergadura de las operaciones, puede generar errores en la declaración.
“Con este modelo, Hacienda comprueba el IVA repercutido y soportado, al igual que el IRPF y Sociedades. Como ejemplo, si un autónomo declara en el modelo 347 que tengo una operación por 3.500 euros, pero luego declara en IVA un IVA por valor de 5.000 euros, no cuadra con la base, por lo que Hacienda sabe que es un dato erróneo. Es la manera que tiene de verificar si lo que declaras en las autoliquidaciones concuerda con lo declarado en el 347”.
Entre esos errores, uno de los habituales corresponde a omitir determinadas operaciones por pensar que no deben ser declaradas en este modelo, como sucede con las ayudas. “Cualquier cantidad que reciban de un proveedor o cliente en el año y supere los 3.005,06 euros, deben declararla, aunque se trate de anticipos, subvenciones, cobros o pagos en especie, operaciones sujetas pero exentas de IVA, o préstamos e hipotecas bancarias, entre otros”, explicó Hernanz.
Cualquier pago relacionado con la actividad económica, que no entre en otra declaración informativa, hay que comunicarlo en este modelo. Como ejemplo, en el caso de operaciones con entidades financieras, si el trabajador por cuenta propia tiene un fondo de inversiones a nombre del autónomo o de la empresa y el banco le está pagando los rendimientos que genera, debe declararlo a través de este modelo.
Otro ejemplo sería con las operaciones de leasing, préstamos bancarios e hipotecas. “Hay que llevar el control de cualquier pago relacionado con el desarrollo de la actividad. En este caso, la contraparte también declara las operaciones, salvo que se trate de un cliente final que no opera como empresario profesional”.
Los autónomos pueden ser sancionados con 300 euros por no presentar el modelo
No haber declarado las cuantías a las que están obligados en el modelo 347 puede implicar sanciones por parte de Hacienda por valor de 300 euros por cliente o proveedor omitido en el modelo, según se recoge en el artículo 198 de la Ley General Tributaria.
A su vez, si el autónomo no presenta esta declaración en plazo y le llega, por ello, el requerimiento de Hacienda, también puede ser sancionado con una multa de 300 euros. En este caso, “al no haber presentado la declaración, habría omitido todos los clientes o proveedores. La sanción puede llegar hasta los 20.000 euros”, concluyó la abogada fiscalista.
Fuente: Autónomos y Emprendedor