Este es el nuevo código de Prevención de Riesgos Laborales que deberán cumplir los autónomos y pymes

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el nuevo Código de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), con toda la legislación vigente que los autónomos con asalariados deberán cumplir. Es la primera causa de las actuaciones de la Inspección contra los negocios.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recogió el pasado 10 de enero la publicación oficial del nuevo Código de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), un documento que recopila toda la legislación en esta materia, y que los negocios y los autónomos con asalariados deben conocer para evitar sanciones por parte de la Inspección y garantizar la seguridad y el bienestar de sus empleados.

Así, el código recopila todas las disposiciones legales en vigor para garantizar entornos de trabajo seguros. También se incluyen las medidas de prevención de riesgos que son de obligado cumplimiento para los negocios de determinados sectores, como la Construcción o la Industria.

Los abogados laboralistas consultados por este medio explicaron que el nuevo Código de Prevención de Riesgos Laborales actúa como un manual, que es de obligada aplicación para los autónomos desde el momento en el que tienen a un solo empleado en nómina. Por tanto, conviene que todos conozcan su existencia y cumplan con la legislación vigente.

Se trata de una cuestión importante, teniendo en cuenta que se trata de uno de los aspectos que más vigila la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), como destacaron en su última memoria anual. Prueba de ello es que, en algunas provincias, incluso, “hay equipos especializados en la gestión de la prevención, construcción, o el control de calidad de la actuación de los servicios de prevención.”

El nuevo código de Prevención de Riesgos Laborales incluye las últimas reformas legales

Así, el nuevo Código de Prevención de Riesgos Laborales publicado en el BOE recoge las últimas reformas legales sobre este asunto. Por ejemplo, en 2024 se actualizaron las medidas de prevención para trabajadores del hogar, así como la protección para los empleados de negocios que estén expuestos a agentes que puedan suponer un riesgo para su salud.

El año pasado también se actualizaron las sanciones que pueden recibir los autónomos con empleados y los negocios que incumplan con la legislación vigente en materia de prevención de riesgos, entre otras cuestiones.

Asimismo, el Código recoge el resto de la normativa vigente que, pese a no haberse actualizado el año pasado, sigue siendo de obligado cumplimiento para los negocios. Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons, recordó a este diario que “todos los autónomos, desde que tienen un trabajador en nómina, deben cumplir con estas normas.”

El manual consta de 812 páginas –puede consultarse en este enlace-, en las que se recogen todas las obligaciones en materia de prevención de riesgos que deben cumplir los negocios. En ellas también se incluyen las medidas específicas para algunos sectores, como el de la Construcción, donde habitualmente se concentran la mayor parte de los accidentes laborales.

La Inspección aumenta su vigilancia sobre la prevención de riesgos en los negocios

La publicación del nuevo código se ha producido en un contexto donde la Inspección de Trabajo y Seguridad Social está aumentando su vigilancia sobre el cumplimiento de los autónomos con empleados y los pequeños negocios. Incluso, se han llegado a organizar grupos específicos para “atender determinados sectores de actividad o materias que alcanzan una especial relevancia”, explicaron desde la propia ITSS en su última memoria anual.

Este control, además, se habría centrado en determinados negocios, generando la Inspección “una regla específica para actuar sobre la siniestralidad en empresas con alta rotación y temporalidad.” Por ejemplo, la Hostelería -que depende de la temporada-, la Agricultura o la Construcción.

En 2023, alrededor de la mitad de las actuaciones de la ITSS en centros de trabajo correspondieron a actuaciones en materia de prevención de riesgos, por encima incluso de la vigilancia sobre el cumplimiento con la Seguridad Social o los contratos de trabajo. Por tanto, se trata de un aspecto que los autónomos deben tener muy en cuenta para evitar sanciones.

¿Qué documentos pide la Inspección a los negocios en materia de riesgos laborales?

Consultada por esta cuestión, la presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS), Ana Ercoreca, repasó en este diario los documentos que suelen pedir a los autónomos en materia de prevención de riesgos. Principalmente, son los siguientes:

  • Concierto con el servicio de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en caso de estar externalizado.
  • Evaluación.
  • Formación.
  • Equipos de Protección Individual (EPI) en caso de necesitarlos.
  • Reconocimientos médicos.

Además de estos documentos, que Ana Ercoreca consideró como esenciales, “según la campaña o el motivo de la Inspección, se pueden pedir al negocio otra serie de documentos e información más detallada sobre las áreas concretas.”

ATA pide reforzar las políticas de prevención para los autónomos

En materia de Prevención de Riesgos Laborales, Jaume Barcons recordó a este diario que las obligaciones recogidas en la ley sólo afectan a los empleados de los autónomos. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, la Inspección no vigila que ellos mismos cumplan con las medidas.

Esta cuestión también ha sido tenida en cuenta en numerosas ocasiones por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), desde donde han pedido “reforzar todas las políticas de prevención, de fomento de la cultura preventiva y lógicamente ayudar a este eslabón más débil de la cadena productiva, que es el autónomo, a sensibilizarse para asegurarse su mayor bien, que es su propia vida”, como afirmó hace unos meses José Luis Perea, secretario general de ATA y responsable del área de prevención de riesgos laborales de la federación.

Según los últimos datos facilitados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, más de cuatro trabajadores por cuenta propia fallecen cada mes a causas de un accidente de trabajo. En concreto, el colectivo registró 19.105 accidentes de trabajo entre enero y julio del año pasado.

Fuente: Autónomos y Emprendedor

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