La CEOE apela a las alzas acordadas con los sindicatos en el AENC, mientras que las centrales demandan que se establezca en los 1.200 euros ya este año para que se acompase con el 60% del salario medio
El anuncio por parte de Yolanda Díaz de convocar con urgencia a los agentes sociales para abordar una nueva subida del salario mínimo interprofesional (SMI) durante su toma de posesión como ministra de Trabajo ha generado los primeros movimientos entre los empresarios. La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) no se ha mostrado contraria a un nuevo aumento del salario base —actualmente fijado en 1.080 euros brutos actuales en 14 pagas—, siempre que esté en sintonía con el del resto de remuneraciones. Esto es, proponen que se eleve un 3% en 2024 y otro 3% en 2025, tal y como recoge el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva que firmaron con los sindicatos en mayo. De esta forma, los aumentos serían de 65 euros, repartidos en 32 y 33 euros por año, respectivamente.
“Las organizaciones empresariales consideran adecuada esta propuesta para tratar de mantener una correlación entre la evolución del SMI y la del resto de salarios que se pactan en el marco de la negociación colectiva”, señala en un comunicado la principal patronal española, que ha reunido a su junta directiva este miércoles. Así, los empresarios consideran apropiado que el salario base —que fija el suelo de todas las tablas salariales de los convenios— se sitúe el próximo año en los 1.112,4 euros al mes, 15.573,6 euros anuales (453,6 más); y en los 1.145,77 euros mensuales (16.040,78 anuales) en 2025.
Sin embargo, existe un requisito imprescindible para que los empresarios vean con buenos ojos una medida que tradicionalmente han rechazado —por entender que para muchas empresas suponía una recarga inasumible—, y que han venido demandado continuamente ante los anuncios de las anteriores subidas: la indexación de los salarios en los contratos públicos. “Esta propuesta tiene como condición sine qua non la modificación de la normativa de revisión de precios en los
procesos de contratación del sector público, para repercutir el incremento del SMI en los contratos en ejecución, tal y como también se recoge en el V AENC firmado por las organizaciones empresariales y los sindicatos”, detalla la CEOE.
A pesar de que desde el Ministerio de Trabajo se ha apelado al diálogo con sindicatos y patronales para acordar las distintas subidas del salario mínimo, la realidad es que la potestad de intervenir sobre él recae exclusivamente en el Ejecutivo, puesto que no requiere de la sintonía del resto de agentes sociales para llevarlo a cabo. Así, tras la última subida decretada en febrero —cuando se acordó elevarlo de los 1.000 euros mensuales a los 1.080— en los últimos tres años, el Gobierno ha incrementado el SMI en un 47%, y no siempre ha obtenido el respaldo de los empresarios.
Esta propuesta de los empresarios es mucho más corta que la que han venido demandado los principales sindicatos, especialmente UGT, que ha reclamado incluso que el SMI se sitúe en los 1.200 euros este año, por entender que no cubre el 60% del salario medio. Una condición que establece la Carta Social Europea a la que se ha adscrito el Gobierno. Desde el Ministerio de Trabajo no acostumbran a adelantar ninguna cifra concreta, y se remiten a los estudios del comité de expertos para delimitar el salario base y extraer el 60% que fije la cuantía final del SMI. Desde CC OO confiesan que el Gobierno “todavía no nos ha llamado” y apelan a la reunión de la comisión ejecutiva convocada para este jueves en la que establecerá su posición ante este y otros asuntos.
Costes laborales
La queja de los empresarios se fundamenta en el hecho de que cuando se produce una subida del SMI, este aumento de los costes laborales para las empresas no puede repercutirse sobre aquellos contratos que han firmado con las administraciones públicas, por lo que las contratas se devalúan. En muchos casos, estos contratos se firman con márgenes muy ajustados —con salarios contenidos o referenciados en el SMI—, por lo que cuando los costes salariales aumentan, el margen de rentabilidad establecido decrece, puesto que no existe la posibilidad de reajustar el precio de la contrata. Un fenómeno que se corregiría con la indexación de los salarios que piden los empresarios, y que en la actualidad la Ley de Contratos del Estado no permite llevar a cabo en acuerdos en vigor.
En el documento, los empresarios también aclaran que esta subida del 3% del próximo año estaría “por encima del incremento salarial del 2% aplicado a los funcionarios para 2024″, en clara alusión al mayor esfuerzo que está realizando el sector privado en el ajuste de los sueldos respecto de la inflación. Además, recuerdan que sus propuestas “tienen en cuenta las variables previstas en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, como el IPC, la productividad nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica”; y, por último, demandan que se establezca “un régimen de deducciones aplicables al sector agrario, con una reducción del 20% sobre la cuota empresarial por contingencias comunes, que se sumaría a los incentivos ya vigentes”.