¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período establecido, y cumplan los requisitos.
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 18 de abril de 2022.
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
a) Tener la condición de PYME de conformidad con los requisitos establecidos para ello por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
b) Desarrollar su actividad comercial de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto..
c) La actividad principal en cuanto a volumen de negocio que desarrollen en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención debe ser estricta y exclusivamente comercial y minorista conforme a la división 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), quedando excluidos los siguientes grupos o clases:
I. Clase 47.26.– Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados.
II. Clase 47.30.– Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.
III. Clase 47.73.– Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.
IV. Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.
V. Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.
Además, presentar proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Podrán subvencionarse, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, los proyectos de inversión que tengan como finalidad:
I. La modernización y/o mejora de la imagen del establecimiento comercial o su adecuación para el ejercicio de la actividad comercial.
II. Digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
III. Ambas a la vez.
Serán susceptibles de financiación los gastos ejecutados entre el 1 de junio del 2021 y el 31 de marzo de 2022, ambos inclusive.
CUANTÍA:
La cuantía por cada establecimiento comercial será de un 50% del presupuesto aceptado, salvo para los gastos en digitalización para los que será de un 75%, con los siguientes límites:
a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
b) El presupuesto máximo aceptado será de 10.000 €, para los gastos en digitalización, y de 40.000 euros para el resto de los gastos.
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?
Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la provincia donde radique el establecimiento comercial para el que se solicita la subvención, acompañada de la documentación que se pide en la convocatoria, digitalizada como archivos anexos a la misma.
PLAZO DE RESOLUCIÓN:
El plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderán DESESTIMADAS.
NOTIFICACIONES:
Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones.
ORGANISMO CONVOCANTE:
Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León – Dirección General de Comercio y Consumo
Órgano gestor: Servicio de Promoción Comercial
TODA LA INFORMACIÓN Y ACCESO A LA TRAMITACIÓN: