Los autónomos en módulos tienen hasta el 22 de abril para renunciar al régimen y pasar a estimación directa

Los autónomos en módulos tienen este mes la última oportunidad para renunciar al régimen de estimación objetiva si ven que no cumplen los límites y Hacienda podría regularizarles. Basta con presentar el modelo 130 de pago de IRPF fraccionado en estimación directa antes del 22 de abril.

Los autónomos que quieran abandonar el régimen de módulos este año, ya sea porque no cumplen con los límites establecidos o porque ha dejado de compensarles, tienen sólo hasta el próximo 22 de abril para presentar su renuncia y pasar a tributar en estimación directa. 

Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, por norma general, los autónomos que están en módulos y desean salir del sistema tienen dos vías para hacerlo. La primera es la general, mediante una renuncia expresa y la otra es mediante la conocida renuncia ‘tácita’, es decir, presentando directamente su declaración de IRPF fraccionado a través del modelo 131 de estimación directa, en vez de en estimación objetiva.

Hacienda ofrece, como cada año, la posibilidad de tramitar durante el primer mes del año la revocación expresa del régimen de estimación objetiva para que los autónomos en módulos pasen directamente a presentar sus impuestos en 2024 por estimación directa. Esta renuncia se pudo presentar hasta el pasado 31 de enero.

Sin embargo, a los autónomos que no cumplan los límites establecidos y se les haya pasado el plazo todavía les queda la renuncia tácita, es decir, presentar sus impuestos con el modelo 130 de estimación directa y salir automáticamente del sistema de estimación objetiva para evitar requerimientos e incluso sanciones posteriores. si no cumplen los límites.

Cabe recordar que los autónomos que están en módulos sin tener derecho al sistema por haber sobrepasado el límite de ingresos se enfrentan a una regularización por parte de Hacienda. De hecho, según el Supremo, la Agencia Tributaria puede emitir una liquidación y sacar del régimen de módulos a un autónomo si detecta que ha superado el umbral de ingresos permitidos, sin necesidad de recurrir a la Inspección.

Los autónomos todavía tienen hasta el día 22 para renunciar a los módulos si incumplen los límites

Casi medio millón de autónomos -fundamentalmente comerciantes, hosteleros y transportistas- que tributan por estimación objetiva cuentan con algunas condiciones especiales de tributación, que les pueden resultar más o menos ventajosas, como pagar siempre los mismos impuestos según la ‘celda’ o ‘índice’ en el que se encuentren, en función de baremos objetivos como los metros cuadrados del local o los empleados a cargo. También tienen muchos menos trámites administrativos con Hacienda, al venir predeterminados sus impuestos y no tener que llevar contabilidad.

Ahora bien, mientras que cualquier autónomo puede acceder libremente al régimen de estimación directa -en el que se calculan los impuestos en función de los ingresos y gastos-, no todos pueden estar en módulos. De hecho, y como cada año, Hacienda publicó a finales de año la orden por la que se desarrolla el método de estima objetiva y que incluye las condiciones que habrá que cumplir para tributar por módulos durante 2024, que son exactamente las mismas que ya hubo durante el año pasado. 

En 2024, los autónomos podrán acceder o permanecer -si ya están acogidos- al régimen de módulos siempre y cuando no hayan superado el umbral de 250.000 euros en 2023, en el caso de trabajadores por cuenta propia que venden directamente a particulares. Si facturan a empresas, el umbral no debe superar los 150.000 euros anuales en 2023.

Basta con presentar el modelo 130 antes del día 22 y la renuncia se hace efectiva

Según la Agencia Tributaria, los autónomos tienen dos vías de renuncia al sistema de módulo si ven que han superado estos límites. La habitual es presentar una declaración censal con el Modelo 036 o 037 (renuncia expresa). Con carácter general, pueden hacerlo durante el mes de diciembre anterior al inicio del año natural en el que deba surtir efecto. En 2024, el plazo se ha extendido hasta el 31 de enero.

Sin embargo, los autónomos que no presentaron esta renuncia también pueden hacerlo mediante el sistema de “renuncia tácita”, es decir, sólo presentando el pago fraccionado del primer trimestre del ejercicio con el modelo 130. “Simplemente declarando sus impuestos con este modelo la renuncia se haría efectiva automáticamente”, apuntaron fuentes de la Administración.

El modelo 130 es la declaración que utilizan los autónomos en estimación directa -es decir, que pagan impuestos en función de lo que facturan- para presentar sus ingresos y gastos trimestrales a Hacienda. Este modelo es un formulario que se utiliza para adelantar el IRPF a la Agencia Tributaria y en 2024 se declara del 1 al 22 de abril para el primer trimestre.

Fuente: Autónomos y Emprendedor

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