Subvenciones dirigidas a jóvenes nacidos en la provincia de Valladolid para la promoción de medidas que incentiven su retorno, y su posterior permanencia en dicha provincia, en la que cada persona podrá obtener 2.500 euros de ayuda.
Gastos directamente relacionados con la presente convocatoria de subvenciones, que se realicen entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, imputables a alguna de las siguientes actuaciones:
• Gastos de desplazamiento y mudanza del solicitante o de su unidad familiar. A estos efectos, se entiende por unidad familiar la formada por el solicitante y su cónyuge, siempre que no estuviera separado legalmente, o miembro de unión de hecho inscrita, y los descendientes miembros de la misma que convivan con el solicitante. Respecto a los gastos de desplazamiento, se considerarán como tales los gastos generados por el retorno desde la localidad de origen en el extranjero o fuera de nuestra provincia, hasta el municipio de Valladolid donde se haya empadronado o pretenda empadronarse. El desplazamiento deberá haberse realizado mediante transporte colectivo (avión, tren, barco, autobús, taxi, etc.), no en vehículo propio. En cuanto a los gastos de mudanza, se considerarán como tales los gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres que se realicen a través de una empresa especializada (incluidos los gastos de paquetería) o personalmente mediante el alquiler de una furgoneta.
• Además, se consideran gastos subvencionables en el caso de los investigadores, los ocasionados con motivo de la adquisición de materiales, realización de pruebas y ensayos, así como desplazamientos en transporte colectivo directamente relacionados con el proyecto de investigación.
• En el caso de trabajadores autónomos o emprendedores que se den de alta, según se trate, serán subvencionables, además los gastos derivados del alquiler del local, y el abono de las cuotas de la seguridad social.
• En el caso de emprendedores, se podrán presentar como gastos subvencionables aquellos previos al alta y dentro del período subvencionable que se refieran a gastos de asesoría de planes de negocio, y formación en emprendimiento.
• En el caso de trabajadores por cuenta ajena, será también subvencionable la diferencia retributiva de la nómina actual con la nómina del contrato precedente, durante el período subvencionable, siempre que esta sea inferior a la anterior.