Más obligaciones laborales de 2024 que los negocios tendrán que cumplir en los próximos meses

Tras la aprobación de la directiva europea sobre Igualdad Retributiva, los negocios deberán cumplir con más obligaciones laborales en los próximos meses. Aunque su plena implantación podría tardar, los abogados laboralistas explicaron que ya podría ser utilizada en los juicios.

Los negocios y autónomos que tengan empleados, o tengan la intención de contratar, tendrán que cumplir con nuevas obligaciones laborales. Así será después de la aprobación, por parte del Parlamento Europeo, de una directiva sobre Igualdad Retributiva, que obligará, entre otras cuestiones, a publicar más información sobre las retribuciones del personal, así como a incluir el salario en las ofertas de empleo que se publican en plataformas como LinkedIn o Infojobs, entre otras.

Los abogados laboralistas consultados por este medio explicaron que, en muchos casos, la nueva directiva supondrá más obligaciones para los autónomos. Aunque, en cualquier caso, habrá que esperar a que el Gobierno trasponga la legislación europea al ordenamiento jurídico español, algo que no podrán hacer más allá del 7 de junio de 2026.

Así, el Gobierno podría empezar a reformar la legislación española sobre igualdad retributiva -que ya incluye algunas obligaciones para los negocios y autónomos con asalariados- en los próximos meses.

Asimismo, el texto aprobado por el Parlamento Europeo contempla diferentes obligaciones para los negocios, en función del número de empleados. A partir de 100 asalariados, las pymes también tendrán que presentar periódicamente un reporte de retribución, en aras de favorecer la transparencia.

Estas son las nuevas obligaciones de igualdad retributiva que los negocios tendrán que cumplir próximamente

Registros salariales por competencias y responsabilidad

En primer lugar, la directiva europea sobre igualdad retributiva incorpora la obligación de que todos los negocios cuenten con un registro retributivo, en el que se establezca una relación de los salarios en función de “las competencias, el esfuerzo, la responsabilidad y las condiciones de trabajo, y, si procede, cualquier otro factor que sea pertinente para el puesto o empleo específico.” Estos criterios, recogió, deberán aplicarse “de manera objetiva y neutra con respecto al género, de forma que se excluya toda discriminación directa o indirecta.”

Sobre este asunto, cabe destacar que la legislación española ya obliga a todos los negocios y autónomos con asalariados a contar con un registro salarial que muestre de forma separada las retribuciones de hombres y mujeres. No hacerlo podría implicar sanciones de hasta 7.500 euros por parte de la Inspección de Trabajo.

Los negocios deberán informar del sueldo en las ofertas de empleo

Por otro lado, la directiva europea que entrará en vigor, como máximo, en junio de 2026, obligará a todos los negocios y autónomos, sin excepción, a informar sobre el salario en las ofertas de empleo. Sobre este asunto, se establecen tres puntos fundamentales que las empresas tendrán que aclarar:

  • La retribución inicial o la banda retributiva inicial, basadas en criterios objetivos y neutros con respecto al género, correspondientes al puesto al que aspiran y las disposiciones pertinentes del convenio colectivo aplicado por el empleador con respecto al puesto.
  • Ningún empleador podrá hacer a los solicitantes preguntas sobre su historial retributivo en sus relaciones laborales actuales o anteriores.
  • “Los empleadores deben garantizar que los anuncios de las vacantes de trabajo y las denominaciones de los puestos de trabajo sean neutros con respecto al género”, recoge la Directiva.

Criterios para fijar los salarios

Asimismo, los negocios deberán poner a disposición de sus empleados los criterios que utilizan para determinar la retribución de los trabajadores, así como la progresión de los sueldos en el tiempo.

Sobre este asunto, la directiva de la UE permite que los Estados miembros -en este caso, España- eximan “de la obligación relacionada con la progresión retributiva” a los negocios con menos de 50 trabajadores.

Derecho a la información por parte de los asalariados

Por otro lado, la directiva sobre Igualdad Retributiva establece que los empleados “tendrán derecho a solicitar y a recibir información por escrito sobre su nivel retributivo individual y sobre los niveles retributivos medios, desglosados por sexo, para las categorías de trabajadores que realicen el mismo trabajo.”

En caso de que la información recibida sea “inexacta o incompleta”, los empleados tendrán derecho a solicitar aclaraciones y detalles adicionales “y razonables con respecto a cualquiera de los datos facilitados, y a recibir una respuesta motivada”, añadió el texto.

Además, los autónomos con asalariados y negocios deberán informar anualmente a su plantilla de esta posibilidad, así como responder en un plazo máximo de dos meses desde la fecha en la que un empleado haya realizado una solicitud.

Los empleados podrían alegar en los tribunales, aunque España no haya aplicado aún la Directiva

La directiva entrará en vigor antes del 7 de junio de 2026. A partir de aquí, recordó a este diario Jaume Barcons, abogado laboralista de la gestoría Barcons, los negocios tendrán un plazo para aplicarla, dependiendo de su tamaño, “hasta 2027 o 2031, según el caso.”

No obstante, el abogado laboralista afirmó que, al tratarse de una Directiva europea, “los empleados podrían basarse en su contenido para argumentar en un juicio contra la empresa. Podrían alegar la existencia de esta Directiva, porque su texto es claro y es de aplicación por los Estados miembros”, explicó.

Aunque algunas de estas obligaciones ya están recogidas en la legislación española -no todas-, Jaume Barcons valoró que el objetivo de la directiva es “eliminar la brecha de género en las empresas, pero ya no sólo en el mismo negocio, sino también en su conjunto, por sectores o convenios de actividad”, concluyó a este medio.

Fuente: Autónomos y Emprendedor

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